
Telefónica
Telecomunicaciones.CMT
Telecomunicaciones.IDG
Informe del Grupo de Trabajo de Seguro de Supervivencia.
GRUPO
DE TRABAJO02 JULIO 2002REPRESENTANTES UTS Luis Sanz intercentros@uts.esSEGURO de SUPERVIVENCIA Punto Unico Prestación de Supervivencia . - Representación de la Empresa: Nos hacen entrega de la documentación comprometida en la anterior reunión del 3 de Abril. Consta de cuatro documentos: - Condiciones Generales del Seguro Colectivo de Vida. - Condiciones Particulares - Modelo de Certificado Individual de Seguro - Información General Los aspectos más destacados de las intervenciones realizadas son: - Este Grupo de Trabajo NO ES un foro de negociación dado que sólo compete a la Empresa externalizar el Seguro de Supervivencia. Están dispuestos a escuchar las sugerencias, pero nada más. - Entienden que están obligados a cumplir los plazos marcados y que concluyen el próximo día 16 de Noviembre. - La entidad aseguradora va a ser Antares de Vida y Pensiones ANTARES SA. - En función de las limitaciones contempladas en la Ley no se van a modificar las Condiciones de la Póliza en vigor. Se han realizado retoques que en nada afectan a los aspectos esenciales del Seguro de Supervivencia actual. - No aceptan la posibilidad de rescatar el capital antes de cumplir los 65 años. Esta posibilidad se la reserva la Empresa, al margen de la póliza del Seguro, en función de futuros acuerdos que se alcance con la representación de los Trabajadores (Prejubilaciones, Bajas incentivadas, ere, etc) o de manera individual con los trabajadores (bajas incentivadas voluntarias) - Se habilitará un plazo de adhesión al que podrán acogerse los trabajadores en activo en Telefónica de España a 17-9-92, estuvieran en ese momento de alta en el Seguro Colectivo de Riesgo y no estén adheridos al Plan de Pensiones. - Está prevista una última reunión durante el mes de Septiembre en la que se solicitará el pronunciamiento de los representantes de los trabajadores. Nuestro posicionamiento no es vinculante para la Empresa. - Representantes de los Trabajadores: Se ha hecho especial hincapié en la necesidad de habilitar la posibilidad de rescate por el trabajador con anterioridad a cumplir la edad de jubilación (65 años). Se suscitó el problema de aquellos trabajadores que decidan, porque la Ley se lo permite, jubilarse (por la Seguridad Social) antes de cumplir los 65 años Desde UTS, y ante la cerrazón de la Empresa, hemos incidido en la necesidad de adecuar la actual Póliza de Vida (que data de 1983) a la situación actual tan cambiante, con el objetivo de que el trabajador que en su momento esté afectado por futuros planes de adecuación de plantilla no se vea condicionado, en su decisión final, por la imposibilidad de rescatar el capital. Es un error desaprovechar esta oportunidad y negar la posibilidad de permitir y concretar el rescate anticipado a futuras negociaciones entre las partes. Hemos abogado por limar aquellos aspectos del redactado de los documentos entregados que dificultan su comprensión o fomentan el equívoco. En este sentido se habilita un plazo de 15 días para que podamos hacer llegar a la Empresa los comentarios a los cuatro documentos entregados, aunque está muy claro que no van a aceptar modificaciones sustanciales de los mismos Sorprende el posicionamiento claro del representante de UGT que se opone a cualquier modificación de la susodicha póliza del Seguro de Vida de Supervivencia aunque sea para mejorarla. PRÓXIMA REUNIÓN Septiembre 2002Para cualquier aclaración o mayor información contactar con intercentros@uts.es |
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