
Telefónica
Telecomunicaciones.CMT
Telecomunicaciones.IDG
C.E.T. 104/01. Escuela de Ventas de Barcelona.
LA DIRECCIÓN DE TELEFÓNICA HA CREADO LA ESCUELA DE VENTAS COMO ESCENARIO IDEAL PARA DESARROLLAR UNA FUERZA DE VENTAS PRESENCIAL PARA EL SEGMENTO DE EMPRESAS CON PERSONAL PROPIO.
LOS EMPLEADOS INTERESADOS EN ACCEDER A LA MISMA, DEBERÁN CURSAR SOLICITUD AL CONCURSO ESPECIAL DE TRASLADO CON REASIGNACION DE FUNCIONES QUE A CONTINUACIÓN SE INDICA. CONCURSO ESPECIAL DE TRASLADOS REFª 104/01(15/11/2001) Vacantes: 25 Estas vacantes podrán ser ampliadas con las que se produzcan durante la resolución de este concurso Residencia: BARCELONA Acoplamiento: RED DE VENTAS DEL SEGMENTO EMPRESAS. 1. ASPIRANTES Personal fijo en activo en situación de menos prioritarios (ver último punto), que tenga alguna de las siguientes categorías laborales: · Operadores Auxiliares de Planta Interna, Planta Externa, Servicio Post-Venta. · Administrativo Ofimático. · Operadores/as. · Auxiliar de Edificios. · Operador de Almacén · Operador Electricista · Operador Climatización · Operador Mantenimiento de Edificios Varios · Operador Auxiliar Informática Gestión · Asesor del Servicio Comercial 2. SOLICITUDES Se formularán en el impreso < 3. REQUISITOS DEL PUESTO Competencias genéricas - Atención a clientes - Iniciativa - Capacidad de comunicación y negociación - Control emocional Competencias especificas - Orientación a resultados - Capacidad de gestión - Visión de negocio Se valorará: - Conocimientos de Productos y Servicios del Grupo Telefónica. - Conocimientos de Marketing y del sector telecomunicaciones. - Aplicaciones Informáticas y Ofimáticas relacionadas con ventas. - Conocimientos de idiomas. 4. RESOLUCIÓN DEL PROCESO Los aspirantes serán valorados por una Comisión Evaluadora , previsiblemente en la segunda quincena del mes de Diciembre, mediante un proceso que constará de las siguientes pruebas: 1ª. Valoración de méritos aducidos en el Curriculum Vitae. 2ª. Entrevista individual con la Comisión Evaluadora para contrastar y ampliar los datos recogidos en el Curriculum Vitae, así como valorar y juzgar su capacitación profesional y adecuación al puesto de trabajo. La entrevista podrá ser complementada con una prueba situacional. La Comisión Evaluadora podrá exigir una puntuación mínima en la valoración de méritos y prueba situacional, si la hubiera, así como una puntuación mínima para el conjunto de las pruebas. 5. FORMACIÓN Los participantes que resulten seleccionados recibirán necesariamente un curso de formación y capacitación. Este curso será de carácter selectivo en todas sus evaluaciones, tanto intermedias como final, y su superación condicionará la materialización del traslado. La duración aproximada del curso será de dos meses . 6. ASIGNACIÓN DE PLAZAS Una vez finalizado el curso se procederá a la asignación de plazas de acuerdo con la Normativa Laboral vigente. 7. CONDICIONES LABORALES La distribución de la jornada y del horario será el establecido en el Convenio Colectivo vigente, cláusula 5ª 1.1. Dado que este proceso selectivo se desarrolla bajo el principio de voluntariedad expresado en el Convenio Colectivo vigente y tiene como finalidad posibilitar la estabilidad en el empleo y con el fin de optimizar la formación recibida, los empleados trasladados se comprometen a permanecer en el puesto de trabajo por un periodo mínimo de dos años. 8. COMPENSACIONES ECÓNOMICAS Durante el periodo de formación los aspirantes percibirán el importe de la dieta que corresponda, siempre que éste se realice fuera de su localidad de residencia. Los empleados que ocupen estas plazas percibirán la gratificación funcional de V1. Asimismo, dependiendo de la categoría de procedencia, percibirán, si procede, las diferencias salariales existentes con la categoría de A.S.C., conforme a lo previsto en articulo 24 de Normativa Laboral. Una vez se materialice el traslado en el plazo de seis meses los empleados consolidarán la categoría de A.S.C. en la forma y condiciones determinadas por la Comisión de Empleo. Estos empleados participarán en el Plan de incentivos aprobados para el Segmento correspondiente. Si la cantidad a percibir en concepto de incentivos fuese superior a la gratificación V1 asignada, la cuantía de esta se detraerá del importe de incentivos. 9. OTROS ASPECTOS DEL PROCESO A los únicos efectos previstos en este C.E.T. se considerarán como menos prioritarios los empleados acoplados en las siguientes provincias Operadores Auxiliares A los efectos previstos en este concurso podrán optar al mismo los empleados acoplados en cualquier provincia del territorio nacional. Operador Auxiliar Informática Gestión ALMERIA, CADIZ, CASTELLON, GERONA, LERIDA, ORENSE, SEGOVIA, ZARAGOZA Administrativos Ofimático ALAVA, ALBACETE, ALICANTE, ALMERIA, ASTURIAS, BALEARES, BARCELONA, BURGOS, CACERES, CANTABRIA, CASTELLON, CIUDAD REAL, LA CORUÑA, GERONA, GUIPUZCOA, HUESCA, JAEN, LEON, LERIDA, LUGO, LA RIOJA, MALAGA, MURCIA,, NAVARRA, ORENSE, PALENCIA, PONTEVEDRA, LAS PALMAS, SALAMANCA, SEGOVIA, SEVILLA, TERUEL, TOLEDO, VALENCIA, VIZCAYA, ZAMORA ,ZARAGOZA. Operadores/as A los efectos previstos en este concurso podrán optar al mismo los empleados acoplados en cualquier provincia del territorio nacional. Auxiliar de Edificios A los efectos previstos en este concurso podrán optar al mismo los empleados acoplados en cualquier provincia del territorio nacional. Operadores de Almacén ALAVA, ASTURIAS, BARCELONA, BURGOS, CASTELLON, GRANADA, GUIPUZCOA, MALAGA, NAVARRA. Operadores Electricistas, Climatización y Mantenimiento de Edificios Varios A los efectos previstos en este concurso podrán optar al mismo los empleados acoplados en cualquier provincia del territorio nacional. Asesor del Servicio Comercial A los efectos de este concurso se considerarán como menos prioritarios los ASC de las localidades que se relacionan: ALBACETE, BURGOS, CACERES, CADIZ, ALGECIRAS, CEUTA, JEREZ, CIUDAD REAL, CUENCA, EL FERROL, GERONA, GUADALAJARA, SAN SEBASTIAN, LUGO, MALAGA, MELILLA, MARBELLA, CARTAGENA, ORENSE, OVIEDO, AVILES, PALENCIA, PAMPLONA, SANTIAGO DE COMPOSTELA, LAS PALMAS, SALAMANCA, SEGOVIA, SORIA Y TERUEL. De acuerdo con lo establecido en la Cláusula 4.2 A.3 del Convenio Colectivo vigente, los empleados que superen este Concurso de Traslados incluida la fase de formación, recibirán la indemnización prevista en dicha cláusula, que será la siguiente: · 700.000.- Pts., cuando la distancia entre la residencia laboral de origen y la destino sea igual o inferior a 70 Km. · 1.500.000.- Pts, cuando la mencionada distancia sea superior a 70 Km. No percibirán esta compensación los empleados que hubieran pedido traslado voluntario a Barcelona en la categoría de origen dentro del periodo reglamentario o cuando tuviesen su domicilio habitual en la citada localidad. |
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