
Telefónica
Telecomunicaciones.CMT
Telecomunicaciones.IDG
Rentas de desvinculación: Siguen siendo irregulares Nuestro sindicato, tras la aprobación de la LEY 35/2006, de noviembre del pasado año, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dadas las dudas suscitadas sobre el tratamiento que iban a recibir las rentas de desvinculación, elevó la consulta vinculante a la Dirección General de Tributos que resumimos a continuación: Cuestión Planteada: Tratamiento aplicable a las prestaciones satisfechas por la empresa en virtud de ERE, a efectos del nuevo IRPF que entrará en vigor el 1/1/2007, en caso de que exista alguna diferencia con la contestación efectuada a la consulta vinculante sobre el mismo tema por este Sindicato en julio de 2003 (ref. 0965-03) de la que se adjunta copia. Esta consulta de julio de 2003, que se ceñía al ERE 44/03, fue contestada el 24 de enero de 2004 en el siguiente sentido:
Conclusión de la respuesta de la D.G. de Tributos (fecha de salida 7 de febrero de 2007): “Por lo que respecta a los criterios vertidos en la contestación transcrita, cabe indicar que la nueva normativa del IRPF (la Ley 35/2006, de 28 de noviembre) y, por su parte, el vigente reglamento del IRPF (RD 1775/2004, de 30 de julio), no han motivado variación alguna en cuanto al contenido de los mismos, dado que las modificaciones llevadas a cabo en tales normativas no afectan al tratamiento fiscal que con fecha 29 de enero de 2004 se indicó en referencia a las prestaciones provenientes de la empresa TESAU como consecuencia del ERE de ref. 44/03.” Resumiendo: Las rentas del actual ERE, con la legislación vigente siguen siendo irregulares. Por supuesto, cabe la posibilidad de que se produzca algún cambio en el nuevo Reglamento que debe aprobarse próximamente (no hemos visto cambios significativos en el borrador). Llegado el momento, si existieran dudas, nuestro sindicato volvería a actuar para aclarar lo que correspondiera. UNIDAD, TRABAJO Y SENSATEZ SUMA TU COMPROMISO
1.- Destacar que en País Vasco y Navarra el tratamiento es distinto (indemnización legal e irregularidad de las rentas)
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