CLÁUSULA 10.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SALUD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE

CLÁUSULA 10.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, SALUD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE
Se mantiene la vigencia de la cláusula 10 del Convenio Colectivo 2003-2005.
Es objetivo de Telefónica de España continuar profundizando en la integración de la prevención de riesgos laborales en todos los niveles jerárquicos de la Empresa, en línea con la Política de Prevención de Riesgos Laborales implantada en la Compañía, así como de los nuevos requerimientos legales establecidos en la Ley de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales y el R.D. 604/2006 por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Prevención.
La eficaz integración de la actividad preventiva se garantiza mediante la implantación y aplicación del Plan Anual de Prevención de Riesgos Laborales de Telefónica de España, previamente debatido en el seno de su Comité Central. Como instrumentos esenciales para la aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales se desarrollan la Evaluación de Riesgos Laborales y la Planificación anual de la Actividad Preventiva.
En la citada Planificación de la Actividad Preventiva se recogerán en cada ejercicio los compromisos asumidos por cada una de las Áreas de especial relevancia en la Prevención de Riesgos Laborales (Seguridad y Protección, Operaciones, Formación, Servicio Mancomunado de Prevención de Riesgos Laborales…) consiguiéndose de esta forma potenciar, en el ámbito de sus respectivas competencias, la implantación efectiva del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, así como la integración de la prevención de riesgos laborales en todos sus procesos, permitiendo adoptar las medidas necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
En lo relativo a la evaluación de riesgos laborales, durante la vigencia del presente Convenio Colectivo se editará la Reevaluación General de Riesgos de Telefónica de España, que sustituirá a la realizada en 1999. Esta actualización de la evaluación de riesgos viene justificada, de una parte, por las innovaciones normativas en la materia producidas desde esa fecha, y de otra, para adecuar la Evaluación de Riesgos a la nueva realidad laboral de la empresa, además de integrar en la misma las conclusiones que durante estos años han aportado las sucesivas Evaluaciones de Riesgos Específicas de nuevas tareas.
Atendiendo a la vital importancia de la formación en prevención de riesgos laborales, se continuarán con los planes de formación específicos desarrollados y muy especialmente con la acción formativa del Recurso Preventivo.
10.1.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EMPRESAS COLABORADORAS
Se continuará la vigilancia y garantía del cumplimiento de la Reglamentación de Prevención de Riesgos Laborales por parte de las empresas colaboradoras. Para ello, se potenciarán los instrumentos técnicos (aplicaciones informáticas, etc.) y humanos (reuniones de coordinación de las empresas colaboradoras con la participación de las unidades gestoras, realización de inspecciones de seguridad, etc.) que garanticen la implantación efectiva de los procedimientos de actuación creados a tal efecto.
En esta línea, se verificará que las empresas colaboradoras actúan conforme a las medidas preventivas establecidas en la Evaluación de Riesgos, tienen la formación, información, equipos de protección individual, etc., requeridos para los trabajos a desarrollar y disponen de la documentación establecida:
  • Información de riesgos, medidas preventivas, medidas de emergencia, normas de seguridad interna y medioambientales, y normas de actuación en caso de accidente.
  • Formación en prevención de riesgos laborales.
  • Equipos de protección individual, equipos de trabajo y productos.
  •  Vigilancia de la salud para los trabajos contratados.
  • Capacitación para trabajos con riesgo eléctrico.
  • Control para la notificación de accidentes, incidentes y enfermedad profesional.
  • Organización de prevención de riesgos laborales.
  • Parte de iniciación de los trabajos.
  • Evaluación de riesgos y planificación de actividad preventiva.
  • Estadística sobre índices de accidentalidad.
  • Información de riesgos específicos adicionales.
  • Informe resultado auditoria en prevención de riesgos laborales.
Tal como se refleja en la Planificación Preventiva Anual, se informará de las actuaciones que se lleven a cabo en este ámbito, con carácter periódico en los Comités de Seguridad y Salud.
10.2.- SALUD LABORAL
Para promover la salud laboral, durante la vigencia del presente convenio se revisarán en el seno del Comité Central de Seguridad y Salud, una vez finalizada la actualización de la evaluación de riesgos laborales, los protocolos médicos de vigilancia de la salud adaptándolos a la nueva realidad de la empresa y teniendo como referencia los protocolos de vigilancia sanitaria específica informados favorablemente por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Se promoverá la aplicación de las Campañas Preventivas de Salud existentes y especialmente aquellas que las Autoridades Sanitarias aconsejen.
10.3.- MEDIOAMBIENTE

El objetivo del Proyecto de Gestión Medioambiental de Telefónica de España es incorporar criterios medioambientales en la gestión de la empresa. Una de las actividades prioritarias en las que se trabajará en los próximos años será la de incrementar paulatinamente el ahorro energético, mejorando la eficiencia del consumo, en línea con las preocupaciones de la Sociedad. Para ello, será precisa la involucración de todas las personas que trabajan en Telefónica de España. En esta tarea es importante contar con el apoyo del Equipo de Gestión Medioambiental por loque se mantendrá con la misma composición.
La función principal de este equipo será facilitar la comunicación y difusión interna enesta materia a todas las personas de Telefónica de España.

 

 

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